| Facturación |
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| Monday, 04 de February de 2008 | |
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En todo negocio, al momento de realizar ventas, se debe emitir un comprobante de dicha transacción, estas son las Facturas, Notas de Venta, Liquidación de Compras de Bienes o Servicios entre otros según sea el caso.
FACTURACIÓN
La obligación de emitir y entregar Comprobantes de Venta, nace con la transferencia de bienes muebles o de la prestación de servicios de cualquier naturaleza, aún cuando se realicen a título gratuito o se encuentren gravadas con tarifa cero.
Están obligados a emitirlos: - Las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad, en todas sus transacciones. - Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, los emitirán a partir de los 4,00 dólares, sin embargo, si el cliente lo solicita, tiene la obligación de otorgar un comprobante de venta por un valor inferior.
COMPROBANTES DE VENTA
Comprobante de Venta es todo documento que acredite la transferencia de bienes o la prestación de servicios.
Estos deben ser impresos únicamente en imprentas autorizadas y podrán ser llenados en forma manual, mecánica o por sistemas computarizados en original y copia(s) idénticas a los originales, sin errores, borrones, tachaduras o enmendaduras. En el caso de anular por cualquier motivo, deberá archivarse el documento con original y copia(s) con el sello de ANULADO.
Deben además contener copias idénticas a los originales.
Los comprobantes de venta válidos son: - Facturas.- Justifican Crédito Tributario en IVA, costos y gastos en el Impuesto a la Renta. - Notas o boletas de venta.- Justifican Costos y Gastos en el Impuesto a la Renta y se emiten a consumidores finales. - Liquidación de compra de bienes o prestación de servicios.- Justifican Crédito Tributario en IVA, costos y gastos en el Impuesto a la Renta. - Notas de Crédito y Dèbito.- Justifican los costos y gastos del Impuesto a la Renta y para rectificar errores. - Otros autorizados por el Servicio de Rentas Internas.- en los puntos de venta por sistemas computarizados
Además - Boletos que expidan las compañías de aviación por el servicio de transporte aéreo de personas. - Documentos emitidos por las compañías de seguros. - Documentos emitidos por las empresas de telecomunicaciones. - Boletos de viaje emitidos por las empresas de transporte público de pasajeros. - Documentos emitidos por bancos, instituciones financieras crediticias. - Liquidaciones por operaciones bursátiles. - Permisos y Matrículas de vehículos. - Recibos emitidos por la prestación de servicios públicos. - Cartas de porte aéreo y conocimientos de embarque. - Los tiquetes, vales o recibos por peajes en las carreteras. REQUISITOS COMUNES PARA LAS FACTURAS DE COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS.
- Nombres y apellidos o razón social. Adicionalmente deberá incluirse el nombre comercial. - Número de RUC. - Número de autorización de la imprenta. - Fecha de impresión. - Fecha de vigencia de las facturas.
NOTAS DE VENTA
REQUISITOS IMPRESOS.
- Nombres y apellidos o razón social. Adicionalmente deberá incluirse el nombre comercial. - Número de RUC. - Número de autorización de la imprenta. - Fecha de impresión. - Fecha de vigencia de las facturas.
REQUISITOS NO IMPRESOS.
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